La escuela de Enfermería de la UNT informa que se encuentran abiertas las inscripciones para los concursos llamados para cubrir los cargos de "AYUDANTES ESTUDIANTILES".
Documentación a Presentar On-line.
1) Constancia de alumno regular (emitido por la Web). Dirección alumno emitirá informe del cumplimiento del Art. 5, estableciendo la no permanencia en dos periodos consecutivos en un mismo curso.
2) Certificado analítico de la carrera (emitido por la Web)
3) Certificado de antigüedad como ayudante docente (el mismo será emitido por Dpto Personal de Facultad de Medicina).
4) Curriculum Vitae
OBS: El punto 3) si correspondiera por ser o haber sido ayudante en años anteriores.
1° Grupo
1 Cargo PSICOLOGÍA SOCIAL Y DEL DESARROLLO
1 Cargos BIOFÍSICA Y BIOQUÍMICA APLICADA A ENFERMERÍA
1 Cargo FUNDAMENTOS DE ENFERMERÍA
1 Cargo ENFERMERÍA COMUNITARIA
1 Cargo ESTRUCTURA Y FUNCIÓN HUMANA I Y II
1 Cargo FARMACOLOGÍA BÁSICA Y ESPECIAL
INSCRIPCIÓN: 31/05 AL 13/06/22 - EXHIBICIÓN: 14/06 al 16/06/2022
INSCRIPCIÓN ONLINE: Complete el formulario cuando tenga la documentación detallada anteriormente.
2° Grupo
1 Cargo ENFERMERÍA CLÍNICA DEL ADULTO Y EL ADULTO MAYOR
1 Cargo MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA
1 Cargo BIOÉTICA, LEGISLACIÓN Y DEONTOLOGÍA EN ENFERMERÍA
1 Cargo NUTRICIÓN Y DIETOTERAPIA
1 Cargo PSICOLOGIA CLÍNICA
1 Cargo ENFERMERÍA QUIRÚRGICA DEL ADULTO Y EL ADULTO MAYOR
INSCRIPCIÓN: 06/06 AL 17/06/22 - EXHIBICIÓN: 21/06 al 23/06/2022
INSCRIPCIÓN ONLINE: Complete el formulario cuando tenga la documentación detallada anteriormente.
Requisitos
REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA AYUDANTES ESTUDIANTILES
(Res. Nº 0346-001 y Mod. Res. Nº 0176-003)
Artículo 2º.- Podrán aspirar a cargos de Ayudantes Estudiantiles los alumnos regulares de las carreras dictadas en la Universidad Nacional de Tucumán.
Artículo 3º.- Los aspirantes a cargos de Ayudantes Estudiantiles deberán haber aprobado la asignatura para la cual se postulan o la materia o materias equivalentes cursadas(s) en la Facultad o Escuela origen. En este último caso, deberán acompañar a su solicitud la constancia correspondiente y copia del programa o programas teóricos y prácticos pertinentes, incluyendo la carga horaria, todo ellos certificado por la Facultad o Escuela Universitaria de origen.
Artículo 4º.- No podrán aspirar cargos de Ayudantes Estudiantiles, quienes posean título universitario, ejerzan o no la profesión”.
Artículo 5º.- No podrán optar a cargos de Ayudantes Estudiantiles los alumnos que no se hubieran promovido de curso por lo menos una vez en el transcurso de los dos períodos lectivos precedentes al año de cierre del llamado al concurso correspondiente.
Artículo 6º.- Un alumno no podrá ocupar más de un cargo de Ayudante Estudiantil simultáneamente en el ámbito de la Facultad.
Artículo 7º.- Los aspirantes a cargos de Ayudantes Estudiantiles deberán ostentar conductas públicas y universitarias dignas.